Las empresas que cometan fraudes y abusos masivos que afecten a personas consumidoras en varias comunidades autónomas podrán ser sancionadas por el propio Ministerio de Consumo. Así lo establece la reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores de 2007, aprobada hoy por el Consejo de Ministros. Esta es una medida que las asociaciones de personas consumidoras veníamos demandando desde hace años, conscientes de la necesidad de reforzar la capacidad de sanción frente a los abusos de bancos, telefónicas, compañías aéreas y otras grandes empresas.

El Ministerio de Consumo que dirige Alberto Garzón asumirá competencias sancionadoras, hasta ahora exclusivas de las comunidades autónomas, que eran las únicas que podían sancionar en estos casos. Así, a partir de ahora en casos de fraudes masivos las cláusulas suelo de las entidades bancarias, las devoluciones de los billetes cancelados por aerolíneas por la pandemia o el “dieselgate” de Volkswagen, entre otras, el Ministerio de Consumo podrá actuar como autoridad sancionadora y aplicar multas proporcionales a la gravedad de los hechos, el número de personas consumidoras afectadas y el beneficio ilícito obtenido por las empresas.

De esta forma el ministerio asume competencias que hasta ahora solo pertenecían a las comunidades autónomas, sancionando infracciones que ocurran en España o en otro estado de la UE multando a empresas nacionales o que no estén localizadas en España.

Aún así, las comunidades seguirán manteniendo competencias sancionadoras, la novedad es que si una comunidad toma medidas ante un fraude que afecte a personas consumidoras de varias comunidades, podrá multar en función de los afectados de su Comunidad Autónoma, pero el Ministerio de Consumo actuará sobre el conjunto de territorio.

Sin duda, este anteproyecto de ley supone un forzamiento para la defensa de nuestros derechos como personas consumidoras, largamente reivindicado por las asociaciones que peleamos día tras día frente a los abusos de las grandes marcas.

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