Cartel de coches. El Tribunal Supremo fija el mínimo indemnizatorio en un 10 por ciento
Os informamos acerca de las recientes sentencias dictadas por el Tribunal Supremo relativas al conocido como “cártel del camión”, que resultan directamente aplicables al “cártel de coches”.
Y es que mediante varias sentencias de fecha 12 y 14 de junio de este mismo año, nuestro Alto Tribunal ha establecido que, en aquellos casos en los que el demandante, a través de su informe pericial, no es capaz de acreditar un sobrecoste superior, ha de concederse un sobrecoste mínimo equivalente al 10% del precio total de adquisición del camión.
Dichas resoluciones presentan un notable interés por cuanto las argumentaciones del Tribunal Supremo contenidas en las mismas son perfectamente extrapolables a otros supuestos donde ha existido un mercado cartelizado, pues señala que con base “en la propia razonabilidad económica de la existencia de un cártel de estas características, aplicando las reglas del raciocinio humano y las máximas de experiencia, puede presumirse que la infracción ha producido un daño en los compradores de los productos afectados por el cártel, consistente en que han pagado un precio superior al que habrían pagado si el cártel no hubiera existido”.
Además, el Alto Tribunal condena a las mercantiles cartelistas al abono de los intereses legales de tal cantidad desde el momento de la compra del vehículo, porque se trata de una “medida destinada a que el resarcimiento del daño sufrido por la víctima sea pleno, contrarrestando el efecto del tiempo entre el momento de la producción del daño y el momento en que se acuerda la reparación de dicho daño”.
Esto supone que las cantidades a recuperar se incrementen alrededor de un 50% dado el tiempo transcurrido entre las fechas de compra (entre 2006 y 2013) y las de resarcimiento. Por ejemplo, la indemnización por un vehículo adquirido en el año 2010 por 20.000€, ascendería a 2.000€ (10% de 20.000€) más unos 500€ de intereses legales.
Si desea conocer todas las condiciones de su reclamación, puede contactar con nosotros a través de su abogado de referencia en LA DEFENSA s o mediante las vías que figuran a continuación.